Esta orden tiene por objeto regular el régimen de la concesión directa de subvenciones por parte de la Consellería de Economía, Empleo e Industria en concepto de bolsas y ayudas para las personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas, así como en las acciones formativas dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas, en el marco de la formación de oferta de la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral.
También se incluyen las subvenciones en concepto de bolsas y ayudas derivadas de la oferta formativa ejecutada en los centros de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, así como nos centros de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria respeto de las acciones formativas incluidas en los acuerdos de colaboración para la impartición de formación profesional para el empleo en los centros educativos.
Por medio de esta orden también se convocan, para las anualidades 2017 y 2018, las subvenciones a que se refiere el punto anterior.
Beneficiarios:
También podrán obtener la condición de beneficiarias las personas trabajadoras que, siendo ocupadas en el momento de su incorporación a la acción formativa, adquieran la condición de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia durante el desarrollo de la acción formativa
Personas trabajadoras desempleadas que participen en las acciones formativas recogidas en el artículo 1 y que reúnan los requisitos exigidos con carácter general en esta orden y en los artículos que se refieren la cada tipo de bolsa o ayuda.
A los efectos del anterior, tendrán la condición de personas trabajadoras desempleadas aquellas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia en la fecha de inicio de la acción formativa o en el momento de su incorporación a la acción formativa.